ACREDITACIONES UNIDADES DE SUEÑO

ACREDITACIONES UNIDADES DE SUEÑO

JUSTIFICACIÓN

Aproximadamente un 30% de la población padece algún tipo de trastorno del sueño.  La apnea obstructiva del sueño (AOS) es uno de los trastornos de sueño más prevalentes, se estima que afecta entre un 4 y un 30% según las series publicadas con importantes diferencias en la prevalencia según el área geográfica. En las últimas décadas se ha incrementado la evidencia sobre la asociación de la AOS no tratada con la enfermedad cardiovascular y cerebrovascular, la hipertensión, la diabetes tipo 2, las alteraciones cognitivas, el descenso de la calidad de vida y al incremento de accidentes de tráfico. Así mismo la apnea del sueño grave se asocia a un incremento de mortalidad por cualquier causa.

A pesar de todos estos datos sobre la relevancia de la AOS, según datos de la American Academy of Sleep Medicine (AASM) a nivel mundial alrededor de un billón de personas puede tener potencialmente apneas durante el sueño. En un estudio publicado en el 2001 evidenció que existían en España entre 1.200.000 y 2.150.000 pacientes con AOS relevante, de los que tan solo estaban tratados un 5-9%. En este contexto la Sociedad Española de Neumología y Cirugía Torácica ha servido de marco para el desarrollo de una intensa actividad asistencial e investigadora en el campo de los trastornos del sueño. En documentos correspondientes a los años 1994, 1997, 2003 y 2007, se ha comunicado la situación asistencial de los pacientes con Apnea de Sueño y el desarrollo de las Unidades de Sueño en nuestro país. 

En el momento presente, la gran mayoría de las Unidades de Sueño en España se encuentran lideradas o colideradas por neumólogos y se cubre todo un espectro organizativo, que va desde Unidades de Sueño con capacidad para resolver la mayoría de los problemas relacionados con las enfermedades del sueño, y por tanto con una concepción transversal de la Medicina de Sueño, a Unidades puramente respiratorias y ambas con un diferente grado de complejidad, dependiendo del lugar en que se encuentran enmarcadas. 

Cabe destacar que en el 2007 y según datos publicados sobre disponibilidad, recursos y abordaje del AOS, entre 741 centros contactados en España, 217 evaluaban habitualmente a pacientes con AOS. El 88 % disponía de poligrafía respiratoria (PR) (n = 168) o polisomnografía (PSG) (n = 97). La demora media en consulta fue de 61 días, y la demora media para realizar PR, de 224 días. La media de equipos de PR fue de 0,99/100.000 habitantes, cuando lo recomendable es 3/100.000 y la demora media para PSG fue de 166 días. La media de camas de PSG fue de 0,49/100.000 habitante y lo recomendable es 1/100.000.

Conscientes de esta situación SEPAR promovió en el 2009 la acreditación de unidades de sueño, elaborando una guía amplia, flexible, integradora, sujeta a modificaciones en el tiempo y con carácter voluntario. El objetivo fundamental de la acreditación de unidades de sueño es el de asegurar y mejorar el cuidado de nuestros pacientes, así como dar paso a la elaboración de un programa docente para formación en Medicina de Sueño, no únicamente en el ámbito de la patología respiratoria. Siguiendo esta premisa al finalizar el 2022 se han acreditado por este sistema 79 unidades de sueño: 32 Unidades Básicas (8 con criterios de excelencia), 15 Unidades Respiratorias (3 con criterios de excelencia) y 29 Unidades Multidisciplinares de alta complejidad (18 con criterios de excelencia).

Con el fin de adaptarse al nuevo reglamento SEPAR de acreditación de unidades asistenciales, aprobado en septiembre del 2022, se ha realizado una revisión de los formularios y contenidos establecidos para la acreditación vigente, con el fin de homogeneizar contenidos comunes a otras unidades asistenciales, homogeneizar el sistema de evaluación y a la vez actualizar contenidos específicos para las unidades de sueño. Este Reglamento establece niveles para definir Unidades con semejante complejidad sea cual sea su ámbito asistencial, ha definido estándares generales para cada nivel, así como un reglamento sobre el procedimiento de acreditación y reacreditación, diferenciándolo del de Certificación. Este reglamento desarrolla sus funciones en un marco de equidad y transparencia, otorgándole un escenario de participación más amplio, acorde a la línea de cohesión y consenso que impulsa SEPAR.

El nuevo sistema de acreditación se desarrollará por medio de la cumplimentación de un cuestionario, cuyos datos serán corroborados por el Área de SUEÑO Y VENTILACIÓN.

OBJETIVOS

  • Mejorar el nivel de cuidado a los pacientes, asegurando un marco de  seguridad y calidad asistencial.
  • Establecer los recursos y facilitar la gestión de los mismos.
  • Impulsar el desarrollo de planes formativos en trastornos del sueño. Garantizar la calidad y el nivel integral de conocimiento en Medicina de Sueño, siguiendo estándares de las recomendaciones internacionales.
  • Favorecer la colaboración con profesionales de otras disciplinas clínicas, en un entorno de cooperación. Es voluntad del Área favorecer un proceso de convergencia con la acreditación de unidades impulsada desde la FESMES.
  • Promover la investigación en los trastornos del sueño.