NIVELES DE ACREDITACIÓN EPID

NIVELES DE ACREDITACIÓN

Cada una de las Unidades acreditadas deberá contribuir de forma activa y esencial a la prestación de un servicio sanitario de calidad y eficiencia cercano al paciente.

La estructura en distintos niveles no supondrá en modo alguno categorías de mayor o menor rango, sino la expresión de diferentes grados de complejidad en el abordaje diagnóstico y terapéutico de los pacientes, por lo que deberá reflejarse la forma de coordinación entre Unidades de distintos niveles.

UNIDAD ESPECIALIZADA DE ALTA COMPLEJIDAD

Deberá disponer de recursos materiales y humanos con un nivel de dedicación en la patología a que se acredita, superior que los niveles previos logrando unos resultados docentes y de investigación acorde con dicho nivel. Deberá contar con un organigrama de funcionamiento estable y multidisciplinar, facilitando la consulta desde Unidades de menor nivel de acreditación.

UNIDAD ESPECIALIZADA

De mayor complejidad que la anterior. Deberá contar con recursos materiales y humanos que le permitan desarrollar una actividad asistencial, docente y de investigación más amplia y compleja que la Unidad básica. Deberá ofrecer la posibilidad  de derivar pacientes complejos a una unidad superior, es decir a una Unidad Especializada de Alta Complejidad.

UNIDAD BÁSICA

Será la estructura básica que permita el control y seguimiento del proceso del que es responsable con un nivel de calidad asistencial, docente y de investigación adecuados. Esta unidad deberá contar con los recursos humanos esenciales así como estar liderada por un especialista en Neumología o Cirugía Torácica que dedica una parte de su tiempo asistencial en relación a la patología concreta que se acredita, aunque no necesariamente con exclusividad, destacando por esa labor específica en su centro. Deberá disponer de mecanismos para enviar a un paciente complejo a una unidad superior. Por ejemplo, debería la Unidad tener los medios necesarios para derivar un paciente que no responde al tratamiento a una Unidad Especializada.

PROPUESTA DE ACREDITACIÓN DE UNIDADES ASISTENCIALES

La propuesta de Acreditación de Unidades Asistenciales partirá de los Comité Ejecutivos de las Áreas de Trabajo, de los Comités Ejecutivos de los PII’s o por iniciativa de la propia Junta Directiva de SEPAR, correspondiendo a ésta aprobar o denegar la propuesta tras evaluar la oportunidad y pertinencia de la solicitud.

La solicitud se realizará por correo electrónico a la Secretaría General de SEPAR debiendo justificar brevemente la necesidad de iniciar el proceso de Acreditación objeto de la solicitud.

La propuesta será sometida a consideración de la Junta Directiva por procedimiento rápido y posteriormente notificada su resolución por escrito a los promotores de la propuesta, informando sobre las razones que sustentan la aprobación o denegación de su solicitud. Del mismo modo, podrá considerarse necesario solicitar aclaraciones o modificaciones de la solicitud, si la Junta Directiva lo considera pertinente.

CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE ACREDITACIÓN

Una vez aprobada la pertinencia de la acreditación solicitada por parte de la Junta Directiva, deberá constituirse la correspondiente Comisión de Acreditación y notificarse su composición a la Secretaria General de SEPAR en el plazo de 1 mes. Su composición y funciones se detallan en el punto 4 de este Reglamento.

A partir de la constitución de la primera Comisión de Acreditación, ésta dispondrá de un plazo máximo de 6 meses para presentar a la Junta Directiva el documento de bases y requisitos para la acreditación de Unidades de su competencia, que deberá ser aprobado por la Junta Directiva de SEPAR.